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Se anula el juicio oral a Keiko Fujimori

Jueza Juana Caballero
Colegiado ordena se devuelva la acusación al juez de control para que él la pase a investigación preparatoria.

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En resolución emitida el lunes 13 de enero, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional del Poder Judicial, presidido por la magistrada Juana Caballero y conformado por el magistrado Max Vengoa y la magistrada Nayko Coronado, decidió anular lo avanzado en el juicio oral del Caso Cócteles, que involucra a Keiko Fujimori y otras 40 personas. La resolución fue con la aprobación de los jueces Caballero y Vengoa, con el voto singular del juez Vengoa y con el voto en discordia de la jueza Coronado.

Lo primero que decidió hoy el Colegiado fue acatar la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) a favor del acusado José Chlimper y retirarlo del juicio oral, para que su caso retorne a la etapa de control. Después decidió leer su resolución sobre las peticiones de 12 acusados del retirarlos del juicio, cuya audiencia pública se trató el último lunes 6.

El Colegiado resolvió por extender lo de Chlimper no solo a los 12 acusados que lo pidieron -entre quienes están Keiko Fujimori, Jaime Yoshiyama, Adriana Tarazona, Mark Vito, Antonietta Gutiérrez, Pier Figari, Ana Herz, Efraín Goldenberg, el partido Fuerza Popular, entre otros-, sino a todos los demás 40 acusados. Con esta medida, se acaba el juicio y todo retorna a la anterior etapa.

En la audiencia anterior (6/1/25), el abogado de Yoshiyama, Humberto Abanto, había indicado que su defendido también habría recurrido al TC para ser retirado del caso: «¿es posible que el fallo del señor Chlimper no tenga efectos en los derechos de los demás? La sola lista de las imputaciones que se hacen al señor Chlimper, aunque se tomaran las correctas de la disposición de formalización de la investigación preparatoria y sus ampliaciones o modificaciones, establecen un efecto necesario sobre todos los demás imputados. La pregunta es como se puede extirpar solamente, al señor Chlimper de esto, ponerlo en la etapa intermedia, cerrar la etapa intermedia, que se haga un nuevo requerimiento de acusación, que no tenga efectos en la acusación total, no es posible, y eso no es posible porque el Tribunal Constitucional ha corregido un grave error, pero que es uno de múltiples graves de errores que se dieron en un estado que yo he llamado varias veces, de anormalidad institucional».

Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, señaló en esa audiencia: «No se puede en este caso, extirpar solamente para el señor Chlimper… Si hacemos eso, vamos a tener un proceso en paralelo para el señor Chlimper, que se va a tener que retrotraer hasta la etapa intermedia; un proceso en juicio para los coimputados, que quizás luego, termine siendo un tercer o cuarto proceso, vamos a terminar teniendo cuatro procesos por errores atribuibles exclusivamente a la Fiscalía de cara a la formulación de su requerimiento acusatorio inicial».

Juan Espinoza, abogado de Efraín Goldenberg, pidió en la audiencia pasada que se extienda la sentencia del TC a su defendido: «la infracción que se ha develado respecto al señor Chlimper, por supuesto que también se ha cometido respecto al señor Efraín Goldenberg y en esa línea, por supuesto que ese criterio establecido, esa infracción definida por el Tribunal Constitucional es transversal, máxime si a mi patrocinado se le atribuye, incorrectamente, sin haberse corregido, haber colaborado con la presunta organización criminal… el juez que debió controlar su labor y que debió observar una acusación defectuosa, abdicó de esa función y esta es la declaración absolutamente contundente que hace el Tribunal, por lo tanto, es imposible que eso suceda, no ha ocurrido y es responsabilidad de este Tribunal evitar un juicio inviable».

José Nolasco, abogado de Ana Hertz, señaló que la misma sala ha fijado “un criterio y un derrotero” sobre esta materia cuando salió la sentencia del TC sobre Arsenio Oré, que excluyó del juicio oral a Arsenio Oré y el Colegiado resolvió excluir a Keiko Fujimori y otros acusados del delito de obstrucción a la justicia.

La acusación fiscal, con la que se abrió el juicio el pasado 1° de julio del 2024, será devuelta al juez de control Víctor Raúl Zúñiga Urday del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, quien a su vez, tendrá que devolverlo a la Fiscalía para que retorne a la investigación preparatoria. El fiscal José Domingo Pérez tendrá que elaborar una nueva acusación que deberá ser aprobada por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria para que se realice un nuevo juicio. La última vez, el fiscal Pérez presentó la acusación el 11/3/21 y le juez Zúñiga la aprobó el 1/12/23, un lapso de dos años y nueve meses.

Recordemos que las etapas de un proceso penal son: investigación preliminar, investigación preparatoria, etapa intermedia o control de la acusación y juicio oral.

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