Hoy, 29 de octubre, se publicó el Decreto Supremo Nº 116-2024-PCM, que modifica la Ley N° 28337 que contempla las normas de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en los que se incluye a OSINERGMIN, OSITRAN, OSIPTAL Y SUNASS.
El Decreto Supremo modifica el artículo 6 de la Ley, relacionado a la designación de un nuevo miembro en el Consejo Directivo de las organizaciones en caso de vacancia o suspensión perfecta. La modificación indica que, en caso de vacancia, y cuando el periodo restante correspondiente del miembro directivo a reemplazar no supera los seis meses, no será necesario realizar un concurso público para elegir al reemplazo.
De manera preocupante, en el DS se menciona como consideración «Que, en la actualidad, los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores no cuentan con el total de sus integrantes, debido a que, en algunos casos, los postulantes no lograron obtener resultados óptimos en los concursos públicos para ejercer el cargo de miembro del Consejo Directivo».
Se menciona además, que, si un miembro del Consejo Directivo se encuentra en suspensión perfecta por más de 6 meses, se realizará un concurso público para su reemplazo. Se propone desde la PCM que se designe temporalmente a un reemplazo, que cumpla con las normas, hasta que sea elegido por concurso público el reemplazante, o hasta que finalice la suspensión perfecta, según corresponda el caso.