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Presidenta del Poder Judicial exige celeridad al Congreso para la norma de Detención preliminar en casos de no flagrancia.

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Keiko Fujimori, Alan García y a otros políticos el fiscal Fiscal Pérez les dictó abusivas prisiones preliminares.

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La presidenta del Poder Judicial, Janet Tello manifestó sobre las observaciones del ejecutivo sobre detención preliminar en casos de no flagrancia: “Entendemos que (el Congreso) pronto van a rectificar los errores que se han cometido, y estoy segura que van a ser normas que apuesten por el reforzamiento del sistema penal, del sistema de administración de justicia penal y, por supuesto, la lucha contra la criminalidad”.

Cabe recordar que el Ejecutivo recomienda que la detención preliminar en casos no flagrantes ( en el plazo de 48 horas que el delito se haya cometido) no sea aplicable a delitos de corrupción de funcionarios en casos que la pena sea menor a ocho años.

Por su lado, el presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, dijo que el tema inicialmente se debatirá en la Comisión de Justicia; y de darse el caso planteará a las bancadas la posibilidad de convocar un “pleno extraordinario”, resaltando que la ley que restablece la detención preliminar en casos de no flagrancia es importante para delitos graves en ciertas circunstancias.

Como se recuerda la detención preliminar en casos de no flagrancia, que ha sido un mecanismo eficaz para acorralar a bandas criminales y también a partidos políticos, como las prisiones abusivas contra Keiko Fujimori y otros líderes de Fuerza Popular así como la infausta prisión preliminar contra Alan García por dictar una conferencia como expresidente que provocó su suicidio para evitar que la Diviac y el Fiscal José Domingo Pérez le coloquen el chaleco de detenido.

Se menciona a nivel de bola que Dina Boluarte, objetó la norma para evitar el circo con sus allegados en los casos de Qali Warma y Los Waykis en la Sombra.

Lo primero que ha sucedido es que el Gobierno tardó en observar la norma a diferencia del reciente caso, la Ley No. 32181, que elimina las detenciones preliminares en casos no flagrantes, que fue promulgada en tiempo récord.

En el caso de esta autógrafa Paolo Benza detectó que se conoció que el 17 de diciembre de 2024, Magaly Villafuerte, la secretaria del Consejo de Ministros, solicitó al ministro Juan José Santiváñez (Interior) que opine sobre dicha autógrafa congresal, a lo que, la abogada Luisa Herminia Cueva, directora general de la Oficina General de Asesoría Jurídica, respondió que el Mininter (ministerio del Interior) no tenía competencia para opinar sobre el caso, derivando la solicitud al Ministerio de Justicia.

Justamente el 6 de enero, el penalista Carlos Caro, abogado de Santiváñez, hizo una publicación en “X” en el que indicaba que restituir dicha autógrafa iba en contra de la intimidad del delincuente investigado. Entonces que el 7 de enero de 2025, Luisa Herminia Cueva emitió un informe citando la publicación de Carlos Caro como argumento para considerar inviable la norma, procediendo el secretario general del Mininter a enviar dicho informe.

Declarando el ministro Santiváñez: “Lo que sí quiero adelantar es que el Ministerio del Interior ha procedido a efectuar objeciones al marco de la norma”. Dejó claro que la redacción, tal como está formulada, contradice el marco jurídico.

Según el Ejecutivo la autógrafa se limita a reemplazar términos como “razonables plausibles” por “elementos razonables” e “indicios razonables”, sin que esto garantice una mejor aplicación de la norma.

El Gobierno argumentó que la falta de un cambio sustancial en la regulación de la detención preliminar no ase.gura su correcta. aplicación y advierte sobre el riesgo de vulnerar el derecho fundamental a la libertad.

Asimismo, expresa su preocupación por el posible uso abusivo de la detención preliminar señalando que podría convertirse en un mecanismo para criminalizar conductas como la protesta social, tal como ha advertido la Defensoría del Pueblo. Otro de los fundamentos del Ejecutivo es la ausencia de una definición clara del propósito de la detención preliminar judicial que la distinga de la prisión preventiva.

Al respecto, el abogado penalista Vladimir Padilla señaló que dichas objeciones no son suficientes (“no tienen base sólida) para oponerse a la autógrafa y que fue un pretexto para alargar la decisión presidencial de promulgarla u observarla: “Se han salteado al ministro de Justicia. Si la presidenta quiso hacer las cosas bien debió haber hecho la consulta al ministro de Justicia. El Minjusdh tiene una oficina especializada en seguimiento del nuevo Código Procesal Penal”.

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