Migraciones, bajo el superindentente Armando García, explicó lo dictaminado en el Decreto Supremo Nº 011-2024-IN, afirmando que los hospedajes y arrendadores tendrán un plazo de 30 días hábiles para registrar los datos de las personas extranjeras que usen sus servicios.
La norma tiene como principio que la persona registrada se encuentre en el país de manera regular. De esta manera, los arrendadores pueden exigir documentos de viaje o de identidad, ya sea un carné de extranjería o alguna otra documentación emitida por Migraciones.
Este proyecto tiene como objetivo fomentar una mejor seguridad pública y migratoria en el país. García explicó que esta verificación de datos también les ayuda bajo la premisa de tener «un documento que además avale que ese reconocimiento ha pasado por diversos filtros, como Interpol, antecedentes, requisitorias».
Si los hospedajes o arrendadores no cumplen con esta norma, la multa que lo sanciona puede ser de hasta dos unidades impositivas tributarias (UIT). Esta infracción puede surgir por fallar en la solicitud de documentación o al no adecuado registro de la información.
El superintendente afirma que los usuarios de la plataforma de registro también podrán verificar en esta misma si la vigencia del carné de extranjería o documento emitido por Migraciones siguen vigentes.
García presentó preocupación al manifestar que más de 4000 carnés de extranjería o documentos similares aún no han sido reclamados, lo cual significaría adiciones a la irregularidad de permanencia de muchas personas.