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Corte del Callao dicta comparecencia con restricciones por arma de fuego a menor de 17 años

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Se vio el caso por tenencia ilegal de armas en aplicación de Ley N.º 32330.

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El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Callao, a cargo del magistrado Roberto Sucno Jara, dispuso comparecencia con restricciones contra el menor J.J.C.V. (17), investigado por el presunto delito de tenencia ilegal de armas y municiones, en agravio del Estado peruano y la sociedad.

La intervención del menor se produjo el 28 de mayo en el A.H. Ciudadela Chalaca, donde fue hallado portando un arma de fuego abastecida, sin contar con autorización legal. Tras ello, el Ministerio Público solicitó prisión preventiva en aplicación de la Ley N.º 32330, que permite imputar penalmente a adolescentes de 16 y 17 años en delitos graves.

Según las diligencias, fue intervenido en flagrancia portando un arma abastecida, sin autorización legal.

El juzgado, luego de analizar los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público, declaró infundado el pedido de prisión preventiva. En su lugar, dispuso la medida de comparecencia con restricciones e impuso las siguientes reglas de conducta: No cambiar de domicilio sin autorización judicial, asistir al control biométrico y registro de actividades, no comunicarse con testigos del proceso, no frecuentar lugares de dudosa reputación.

Se consideró que el Acuerdo Plenario Nro 1-2023, en el fundamento 32, establece una reducción de 1/3 de los extremos mínimos y máximos de la pena abstracta. Sumado que es un delito no excluido por la modificación al artículo 22 del Código Penal, modificado por la ley Nro 32181. También se consideró, para denegar la prisión preventiva, el supuesto excepcional de la suspensión de la ejecución de la pena hacia agentes delictivos menores de 25 años y sin antecedentes con pronóstico favorable, que señala el último Acuerdo Plenario Nro 2-2024, fundamento 43.

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