El Consejo de Minería del Ministerio de Energía y Minas (Minem) anuló la Resolución Directoral N.° 0692-2025-MINEM/DGM (13/10/25) -expedido en los primeros días del Gobierno de José Jerí- que había aprobado el inicio de operaciones del proyecto cuprífero Tía María de Southern Peru, mediante la Resolución N.° 236-2026-MINEM/CM (19/3/26), que no está publicada en el portal del Minem.
Recordemos que la autorización fue impugnada el año pasado, por la Municipalidad Provincial de Islay (3/11/25).
El Consejo de Minería determinó que la autorización otorgada en 2025 adolecía de vicios en su motivación, lo que obliga a revisar nuevamente el cumplimiento integral de los requisitos técnicos y legales. Señala que la resolución original no contaba con la debida motivación legal, incumpliendo lo establecido en el Reglamento de Procedimientos Mineros y en el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, además que no detalla aspectos técnicos, como el diseño detallado de botaderos y el cronograma de ejecución de actividades.
El Consejo de Minería dispuso reponer el proceso al estado previo a la emisión de la autorización, a fin de que la Dirección General de Minería (DGM) evalúe nuevamente si Southern ha cumplido con absolver las observaciones técnicas sobre el diseño de infraestructura y planificación del proyecto.
La resolución anulada, había permitido que Southern Peru inicie la construcción del proyecto Tía María, que demanda una inversión de US$ 1,802 millones, con una producción estimada de 120 mil toneladas de cobre. De acuerdo al Minem, las reservas minerales en el Tajo La Tapada son de 487.6 millones de toneladas métricas con 0.41% de cobre y el Tajo Tía María tiene 223.8 millones de toneladas métricas con 0.29% de cobre. Se calculaba que la construcción iba a demandar 8,900 puestos de trabajo: 3,500 directos y 5,400 indirectos, además que en operación, iban a haber 5,564 puestos de trabajo: 764 directos y 4,800 indirectos.
Previamente, la Dirección Técnica de Minería había indicado que en la zona de influencia del proyecto no se identificaron comunidades campesinas ni pueblos indígenas registrados, y que el idioma predominante es el castellano en los distritos de Cocachacra, Mejía y Deán Valdivia. La DGM determinó que la empresa acreditó la titularidad del terreno superficial y las concesiones necesarias, además de contar con el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA).







