SMV interviene a Blanco SAF por sus fondos BP6 Soles y BP7 Dólares
La Superintendencia del Mercado de Valores dispuso la intervención
administrativa de Blanco Sociedad Administradora de Fondos (Blanco SAF) en la
modalidad de supervisión de la gestión. Ello mediante Resolución de
Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial N° 017-2024-SMV/10, prevista
en el artículo 351, literal a), del Texto Único Ordenado de la Ley del
Mercado de Valores y de acuerdo con el artículo 38, literal a), de la Ley
de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras.
Sobre el particular, los fondos de inversión son patrimonios autónomos
conformados por el aporte de inversionistas. Dichos aportes tienen por objeto
ser invertidos por una Sociedad Administradora de Fondos de acuerdo con una
política de inversiones que es de conocimiento previo de estos inversionistas y
los resultados de tales inversiones son asumidos por éstos.
La mencionada intervención tiene por objeto adoptar las medidas necesarias
para obtener la recuperación del “Fondo de Inversión por Oferta Pública BP6
Soles” y del “Fondo de Inversión por Oferta Pública BP7 Dólares” (“Fondos”) y,
de ser el caso, su reorganización y transferencia a otra sociedad
administradora.
Blanco SAF es responsable de acreditar de forma previa y fehaciente la
documentación que sustente las obligaciones que deba cumplir a nombre de los
fondos y de acuerdo con las disposiciones legales aplicables.
Los partícipes de los fondos podrán absolver sus dudas ante la Defensoría del
Inversionista de la Superintendencia del Mercado de Valores [email protected] y [email protected] y llamar al
6106300.