Colegio de Notarios de Lima demanda modificación del Reglamento de Ley de Contrataciones del Estado
El Colegio de Notarios de Lima (CNL), por intermedio de su decano Edgardo
Hopkins Torres, demandó al Poder Ejecutivo la inmediata modificación del Decreto
Supremo 344-2018-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; pues
favorece la corrupción en las contrataciones públicas que se realizan
diariamente y por montos que la Contraloría General de la República ha estimado
en 24,268 millones de soles, en su último informe sobre corrupción e inconducta
funcional, correspondiente al año 2023. Tan grave situación se presenta,
afirmó el decano del CNL, debido a que las etapas de presentación de propuestas
y otorgamiento de buena pro de tales concursos y licitaciones ya no cuentan con
la participación de los notarios, quienes brindaban la necesaria seguridad
jurídica y transparencia a tales actos, como lo exige la Ley 30225, Ley de
Contrataciones del Estado.
En efecto, la Ley 30225 (artículo 22, inciso 3) regula la participación del
notario en los procedimientos de licitación pública y concurso público. Dice el
articulado que "Los actos públicos deben contar con la presencia de notario
público”; “Su actuación es desarrollada en el reglamento". Sin embargo, el
Reglamento (D. S. 344-2018-EF) elimina completamente la participación del
notario público en los procesos de Licitación y Concurso Público. Este
reglamento desnaturaliza la Ley de Contrataciones y ha dado paso a una serie de
actos de corrupción en los grandes procesos de contratación pública desde esa
fecha.
Ante una demanda de acción popular contra el Reglamento de la Ley de
Contrataciones, impulsada por el Colegio de Notarios de Lima; la Tercera Sala
Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Lima
resolvió el 08 de julio del 2022 declarar fundada la demanda, estableciendo la
nulidad de los artículos 28, 73.1 y 81.1 de dicho Reglamento, que obvian al
Notario, y ordena “su expulsión del ordenamiento jurídico por contravenir la
Constitución y la ley”.
Si el Poder Judicial confirma la nulidad de la norma que elimina la
participación del notario público en los procesos de contratación, podría
declarar con efecto retroactivo la nulidad de las contrataciones realizadas
durante ese lapso. Acudiremos, señaló el decano del CNL, al Congreso de la
República a dejar constancia de estos hechos que revisten gravedad para el
correcto uso de los recursos del Estado.