Junta Nacional de Justicia destituye a fiscal adjunto de Puno por pedir coima de S/ 800
El Pleno de la Junta Nacional de Justicia resolvió por unanimidad destituir a
Julio Ángel Chambi Mengoa por su actuación como fiscal adjunto provincial Mixto
de Ananea, Rinconada, Distrito Fiscal de Puno, al determinar que incurrió en
falta muy grave al haber solicitado una suma de dinero a cambio de realizar una
diligencia de constatación fiscal.
En la ponencia del Procedimiento Disciplinario No 089-2020-JNJ -a cargo de
María Zavala-, quedó acreditado que “el comportamiento del investigado fue
premeditado, pues exigió sin ningún escrúpulo el pago de una coima para cumplir
su labor, con el propósito de obtener un beneficio propio al margen de la
ley”.
En la ponencia, la magistrada manifestó que los hechos ocurrieron el 28 de
julio del 2017 ante la denuncia interpuesta por la afectada, Segundina
Castro Flores, quien informó que el mencionado fiscal, le había solicitado 800
soles para la diligencia de constatación.
De inmediato se montó el operativo de intervención de la Oficina de Control
de la Fiscalía y de la Policía, para lo cual se utilizaron equipos de
grabación así como el fotocopiado del dinero a entregar, además del reactivo
correspondiente en los billetes, que constituyeron luego la prueba concluyente
de la actuación grave del fiscal.
Luego del informe, el pleno de la JNJ, integrado por Luz Inés Tello
Valcárcel de Ñecco (presidenta), Henry José Ávila Herrera, Aldo Alejandro
Vásquez Ríos, Imelda Julia Tumialán Pinto,Humberto de la Haza Barrantes y
Guillermo Thornberry Villarán, respaldaron el informe de la ponente María Zavala
Valladares.
En tal sentido, se determinó que Julio Chambi Mengoa incurrió en falta muy
grave prevista en el art. 47, inciso 11, de la Ley de la Carrera Fiscal, y
estimó proporcional imponerle la sanción de destitución mediante voto
unánime.
Dicho inciso señala que es falta muy grave "establecer relaciones de carácter
extraprocesal con las partes o terceros, que afecten su objetividad e
independencia, o la de otros, en el desempeño de la función fiscal".