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Sala caviar de la Corte Superior decide sobre pesca de anchoveta en Paracas: ¿A favor de la Reserva o a favor de las siete hermanas del oro azul?

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La Primera Sala Constitucional presidida por el juez superior Oswaldo Ordónez en víspera de sentenciar una demanda de acción popular contra la norma que permite la pesca de bolicheras en la Reserva Nacional de Nazca.

(De izquierda a derecha) Andrés Tapia Gonzáles, Oswaldo Ordóñez Alcántara y Bacilio Cueva Chauca. Foto: composición LR

Andrés Tapia Gonzáles, Oswaldo Ordóñez Alcántara y Bacilio Cueva Chauca.

La Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, que preside Osawldo Ordóñez se encuentra a punto de resolver la demanda de acción popular contra una norma que permite la pesca industrial en la Reserva Nacional Dorsal de Nasca (Ica), científicos y pescadores artesanales unieron sus voces para pedir a los jueces que no se permita la violación de las Áreas Naturales Protegidas.

Destacados investigadores nacionales e internacionales suscribieron un memorial en el que advierten que consentir la pesca industrial en las zonas marítimas protegidas es una grave contradicción a los principios de conservación, en alusión al Decreto Supremo N°008-2021-MINAM, que creó la Reserva Nacional Dorsal de Nasca. Esta misma norma, publicada el 5 de junio de 2021, también franquea actividades de pesca industrial en la zona marítima protegida

De la decisión de la Primera Sala Constitucional compuesta por los jueces Oswaldo Ordóñez Alcántara, Andrés Tapia Gonzáles y Bacilio Cueva Chauca, dependerá no solo el futuro de la Reserva Nacional Dorsal de Nazca, sino que sentará un precedente crucial para otras reservas amenazadas, como Paracas (Ica) y el Mar Tropical de Grau (Piura).

Sorprendentemente, al mismo tiempo que el Ejecutivo dispuso la creación de la Reserva Nacional Dorsal de Nasca, que consiste en la protección de más de 62 kilómetros cuadrados de área marítima ubicados frente a la costa de la región Ica, en la misma norma se permite la pesca industrial.

La propuesta de zonificación vertical, que autoriza la pesca industrial en los primeros 1.000 metros de profundidad, es descrita por los científicos como un “despropósito” que fragmenta el hábitat y pone en riesgo a especies vulnerables como tortugas, mamíferos marinos y aves. 

La evidencia científica es categórica: el océano es un ecosistema tridimensional, y proteger solo el fondo marino no garantiza la salud del ecosistema en su totalidad.

Los pescadores artesanales, en sintonía con la comunidad científica, también han expresado preocupación por la decisión de la Primera Sala Constitucional.

Señalan que la voracidad de la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP), gremio empresarial de los pescadores industriales, pretende desconocer la regulación que prohíbe desde hace más de 20 años las faenas de extracción de especies en las reservas protegidas

Para los hombres de mar, la integridad de las Áreas Naturales Protegidas es vital, ya que funcionan como “semilleros” que permiten a los peces crecer y luego desplazarse, beneficiando a la pesca en todo el mar peruano. 

Dejar estas áreas desprotegidas pone en peligro no solo el sustento de miles de familias, sino también la sostenibilidad de los recursos para las futuras generaciones, señalan en un comunicado.

PUEDES VER:Científicos advierten que la pesca industrial daña la Dorsal de Nasca

lr.pe

Un fallo con implicaciones nacionales

La controversia se intensificó después que la organización Oceana interpuso una demanda de acción popular que busca anular el Artículo 5.2 del Decreto Supremo N° 008-2021-MINAM.

Señala en la demanda que la norma es inconstitucional e ilegal porque autoriza la pesca industrial en la Reserva Nacional Dorsal de Nazca, ubicada frente a las costas de Ica. La organización argumenta que el dispositivo vulnera el derecho a un ambiente sano y contradice compromisos internacionales de conservación.

El debate jurídico se centra en la interpretación de los «derechos adquiridos». Mientras el Estado defiende que los permisos de pesca son un derecho inalienable de la industria, Oceana sostiene que estos son simplemente habilitaciones administrativas y que el Estado tiene la potestad de regularlos para proteger los recursos marinos. 

En esta línea, la resolución de la Primera Sala Constitucional tendrá un impacto directo en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SINANPE), y podría sentar un precedente que afecte a la Reserva Nacional de Paracas.

La Sociedad Nacional de Pesca (SNP) también ha presentado una demanda para obtener permisos de pesca industrial.