En un hito histórico, la Sala Civil de la Corte Superior de Loreto confirmó, en segunda instancia, la sentencia emitida por el Juzgado Mixto de Nauta en el que se reconoce al río Marañón como ente sujeto de derecho. Esta sentencia es resultado del esfuerzo de la Federación Huaynakana Kamatahuara Kana, un grupo de mujeres índigenas kukama en el distrito de Parinari, Loreto.
Los constantes derrames de petróleo que produce el Oleoducto Norperuano llevaron a este grupo de mujeres a, en 2021, empezar en su lucha legal para buscar la protección del río Marañón contra las acciones dañinas de la empresa estatal Petroperú. Mari Luz Canaquiri, presidenta de la Federación fue quien presentó, con el apoyo del Instituto de Defensa Legal, una acción de amparo contra contra Petroperú, el Ministerio del Ambiente, la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Ministerio de Energía y Minas, el Midagri y el Gobierno Regional de Loreto.
Según Osinergmin, entre 1997 y 2019, río Marañón sufrió más de 60 derrames de petróleo provocados por el Oleoducto Norperuano. Adicionalmente, distintos proyectos de infraestructura como represas hidroeléctricas o el proyecto Hidrovía Amazónica, además de la minería ilegal, impactan ambientalmente en el río.
La sentencia que le otorga derechos al río Marañón y sus afluentes indica que tiene derecho de existir, fluir y permanecer libre de contaminación, además de que debe mantenerse protegido y conservado debidamente. Se ordena a la entidad responsable, Petroperú, realizar un mantenimiento “efectivo, inmediato e integral” del Oleoducto Norperuano.
En marzo se dio la primera sentencia en el Juzgado de Nauta que otorgaba derechos al río Marañón y sus afluentes. Sin embargo, en mayo, las entidades del estado involucradas, Minam, Midagri, ANA y Petroperú, presentaron una apelación frente a la Corte Superior de Justicia de Loreto. Con esta segunda sentencia se confirma la situación de sujeto de derechos del río y responde a las demandas definidas por las mujeres de la Federación Huaynakana Kamatahuara Kana.