El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), realizó un informe en donde concluye que Transportadora de Gas del Perú (TGP) incumplió obligaciones establecidas en los contratos de concesión, por los 13 días que dejó sin gas al país, después de la deflagración de sus ductos en el Kp 43 (kilómetro 43 del recorrido del ducto) en el distrito de Megantoni, provincia de La Convención, Cuzco.
Osinergmin identificó que TGP no suministró el suficiente flujo y presión de gas necesarios para atender los requerimientos máximos diarios entre el 1 y el 13 de marzo de 2026, obligación contractual que establece que el sistema debía ser diseñado, construido, mantenido y operado para restringir paros no programados y proporcionar una disponibilidad del 99% para un año continuo.
TGP tiene la concesión de transporte de gas natural y líquidos de gas natural por ductos. Uno de sus ductos, lleva gas natural desde los yacimientos de Camisea hasta el City Gate en Lurín (Lima), con una capacidad de transporte máximo 1,540 millones de pies cúbicos de gas natural, al inicio del recorrido, donde el tubo es más grueso, pues después, va adelgazando. Tiene otro ducto con capacidad máxima de 120 mil barriles diarios de líquidos de gas natural, que termina en Pisco, en la planta de licuefacción del Consorcio Camisea, donde se produce GLP, gasolina, entre otros.
Osinergmin ha remitido al Ministerio de Energía y Minas (Minem), el informe de fiscalización del Contrato de Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, considerando el evento ocurrido el 1 de marzo de 2026 en el Kp 43 y, el Informe de Fiscalización del Contrato de Concesión de Transporte de Líquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, para la evaluación y adopción de las acciones que correspondan. De acuerdo con el marco legal vigente, Osinergmin debe fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a la normativa sectorial, técnica y contractual bajo su ámbito de competencia. La eventual aplicación de penalidades u otras acciones derivadas del contrato de concesión, corresponde al Ministerio de Energía y Minas (Minem), en su calidad de concedente.
El presidente de la Asociación de Consumidores del Gas (ACG), Roberto Santiváñez, advierte que el Minem puede exigir indemnizaciones de daños y perjuicio por incumplimientos de contratos, y también resolver el contrato de concesión.
«El Contrato BOOT no contempla una penalidad específica aplicable ante este incumplimiento. Sin embargo, como en todo contrato, la parte agraviada por el incumplimiento; en este caso, el Estado Peruano, puede exigir la subsanación del incumplimiento y la indemnización por los daños sufridos. (…) En este momento, todavía es muy difícil anticipar qué acciones adoptaría el Minem y en qué plazos. Sin embargo, como concedente, puede -entre otros remedios- requerir que TGP proponga soluciones para cumplir con alcanzar la disponibilidad obligatoria y los ejecute en un plazo razonable, a satisfacción del concedente. «, precisó Santiváñez, agregando que, en caso de que el Minem requiera a TGP que subsane el incumplimiento imputado y TGP no cumpla con hacerlo dentro de un plazo razonable, «el concedente quedaría habilitado a resolver el contrato BOOT conforme al numeral 21.1.c4 y ello equivaldría a la pérdida de la concesión por causa atribuible a TGP» (Semana Económica 28/4/26).
Osinergmin continúa su investigación técnica, con el objetivo de determinar la causa de la deflagración, así como verificar el cumplimiento oportuno de las obligaciones del concesionario. De identificarse incumplimientos, se iniciarán los procedimientos administrativos sancionadores que puedan corresponder. «Los resultados de aquella investigación serán comunicados oportunamente», afirma la entidad en una nota de prensa.




