El Poder Ejecutivo publicó hoy en el Diario El Peruano la Ley N° 32159, aprobada por el Congreso de la República. Esta contempla regular el consumo de productos de tabaco, nicotina y otras sustancias similares, donde se incluyen los populares vapes.
El objetivo de esta nueva norma es promover el derecho a la salud de la población, debido a que el uso y la exposición a estos productos resulta perjudicial. Por ello, el Ministerio de Salud (Minsa) ha afirmado que implementará nuevas medidas preventivas relacionadas al uso de tabaco y sustancias similares.
La Ley especifica que queda prohibido fumar y vapear en establecimientos de salud, educativos, dependencias públicas, lugares de trabajo, espacios públicos cerrados y en transporte público. Además, queda prohibida la publicidad, ya sea directa o indirecta, de este tipo de productos. Por ello, los anunciantes de este mercado tienen un plazo de 180 días para retirar su publicidad.
La norma también establece limitaciones para la venta de tabaco, nicotina y sucedáneos, mencionando que no pueden ser vendidos a o por menores de 18 años, además de que estos no pueden recibir productos promocionales, muestras o regalos de esta índole. La venta de estos productos no puede hacerse en empaques de menos de diez unidades y no pueden venderse en máquinas expendedoras de locales donde se acepte la entrada de menores de edad.
Indecopi aseguró que actuará dentro de sus competencias para hacer cumplir esta nueva norma.