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MINEM le pone un obstáculo más a Luz del Sur para evitar que siga adquiriendo centrales de generación eléctrica

Luz del Sur
Presentó un proyecto para reglamentar la integración vertical en el sector eléctrico peruano.

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El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) presentó un proyecto de Decreto Supremo (Resolución Ministerial N° 025-2026-MINEM/DM) para reglamentar la integración vertical en el sector eléctrico peruano, que impacta directamente a Luz del Sur, una empresa controlada por el Estado chino a través de la Comisión estatal para la supervisión y administración de los activos del Estado (SASAC).

La integración vertical es ir a una etapa del proceso adelante o atrás. En el caso de Luz del Sur, que es una empresa de distribución eléctrica, el proyecto le impediría seguir adquiriendo empresas de generación eléctrica, a menos que cuente con la aprobación del MINEM.

Luz del Sur es una empresa que más adquisiciones ha estado realizando los últimos años en el sector eléctrico. Luz del Sur distribuye energía eléctrica en 30 distritos de Lima Metropolitana, y en las provincias de Huarochirí y Cañete, pero también tiene centrales de generación eléctrica. Entre el 2023 y 2025 adquirió las centrales solares Majes y Repartición, y las centrales eólicas Marcona y Tres Hermanas. Fuera de eso, Luz del Sur es dueña de una empresa llamada Inland, que opera la central hidroeléctrica Santa Teresa I y tiene en proyecto, construir Santa Teresa II.

Eso no es todo, la SASAC controla en Perú otras empresas eléctricas: Pluz Energía -que distribuye energía eléctrica en distritos norte de Lima Metropolitana, además de las provincias del Callao, Barranca, Huaral y Oyón-, y las centrales hidroeléctricas Chaglla y San Gabán III. En pocas palabras, la SASAC de China controla el 100% de la distribución eléctrica de la capital del Perú y en el país, es un importar generador de electricidad.

En 1992, el Estado peruano promulga la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley 25844), que prohíbe la integración vertical y divide el sector eléctrico en empresas de generación, transmisión y distribución. Cinco años después, se promulga la Ley Antimonopolio y Antioligopolio del Sector Eléctrico (Ley 26876), que establece el control previo para las concentraciones eléctricas (integraciones y adquisiciones) a través del Indecopi, cuyo primer caso que vio fue el de Edelnor (hoy Pluz Energía) y Edegel (hoy Orygen), que tenían accionistas en común, aunque no regula de forma estricta el crecimiento orgánico, es decir, crecer por inversión propia. Luz del Sur, controlada por entonces por la estadounidense Sempra Energy, aprovecha este vacío normativo e inaugura en 2015 la greenfield Central Hidroeléctrica Santa Teresa I en Cusco, incursionando así en el mercado de generación tras solicitar permiso al Indecopi.

Después que Luz del Sur fue adquirida por China Three Gorges (que también es dueña de Chaglla y San Gabán III), el Congreso lanza la Ley 31112, que creó un único marco de control previo para todas las operaciones de concentración en la economía (industrias, bancos, etc.), derogando así la Ley 26876. El problema está en que no derogó el artículo 13 que modifica el artículo 122 de la Ley de Concesiones Eléctricas. A partir de aquí, el MINEM pasaba a convertirse en el responsable de aprobar integraciones verticales por inversión propia, sin intervención previa del Indecopi.

La Resolución Ministerial N° 025-2026-MINEM/DM introduce nuevas reglas para la evaluación de integraciones orgánicas, estableciendo un umbral del 30% de participación en generación o distribución; si se supera, el caso debe notificarse a Indecopi, que vuelve al ruedo. Desde 2021, Luz del Sur podía avanzar sus proyectos sin mayores trabas, pero el nuevo reglamento les impone una barrera adicional.

Luz del Sur emitió un hecho de importancia a la Superintendencia del Mercado de Valores que dice: «todas las evaluaciones de adquisiciones que hace Luz del Sur son oportunísticas y principalmente enfocadas a generación renovable no convencional» (16/3/26).

Con información de Infobae

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