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La promoción de las energías renovables no deben generar sobrecostos

"Uno de los argumentos que se señala es que la única forma de desarrollar proyectos solares es a través de estos cambios normativos. Sin embargo, la evidencia demuestra lo contrario", sostuvo Angela Grossheim Directora Ejecutiva de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía.

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Por Angela Grossheim
Directora Ejecutiva de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía

El sector eléctrico peruano es uno de los más sólidos y confiables de la región. Esto es resultado de las grandes inversiones realizadas y de un marco regulatorio que ha permitido su desarrollo de forma eficiente y equilibrada, logrando que más peruanos cuenten con energía. En solo 30 años hemos pasado de una cobertura del 66% al 96%, además de consolidar una de las matrices energéticas más limpias de la región, gracias al aprovechamiento de nuestros recursos naturales.

Coincidimos en que el mercado eléctrico debe fomentar la competencia y que nuestra matriz energética incorpore una mayor participación de generación con energías renovables (RER), como es la tendencia mundial. Sin embargo, el camino planteado a través de un proyecto de ley en el Congreso no es el más adecuado, ya que, si lo que realmente se pretende es asegurar el menor costo para los usuarios regulados, los cambios normativos propuestos van en sentido contrario.

En el proyecto de ley se plantean dos modificaciones principales: la primera está vinculada al hecho de que la energía solar solo puede generar durante el día (horas solares), por lo que se propone crear los denominados bloques horarios; y la segunda, separar los atributos de energía y potencia para permitir que las unidades de generación solar participen en las licitaciones de las empresas distribuidoras. Sin embargo, las implicancias de estos cambios no serían las esperadas, ya que no solo afectarían el funcionamiento del mercado eléctrico, sino que también generarían mayores costos para los usuarios.

En efecto, el factor de competencia en las licitaciones de las empresas distribuidoras, ya sea en bloques horarios o mediante una oferta por todo el día, debe representar el mínimo costo para atender la demanda licitada durante todo el plazo de suministro, es decir, durante las 24 horas del día. Esperamos que esta propuesta sea recogida, evidenciando así que la verdadera preocupación son los usuarios.

De otro lado, separar los atributos de potencia y energía durante todo el día, junto con la creación de bloques horarios, dejaría desprotegido el bloque de hora punta, que es cuando, debido al incremento de la demanda, resulta indispensable que potencia y energía estén asociadas. Solo de esta forma se garantiza que los incrementos de demanda puedan ser atendidos en este periodo.

Uno de los argumentos que se señala es que la única forma de desarrollar proyectos solares es a través de estos cambios normativos. Sin embargo, la evidencia demuestra lo contrario. Entre junio de 2023 y septiembre de 2024, se han puesto en operación 798 MW de proyectos RER, de los cuales 195 MW son solares y 603 MW eólicos. Además, se prevé que entre julio y diciembre del próximo año ingresen 456 MW adicionales, sin contar con los aproximadamente 2,255 MW de proyectos en estudio que podrían operar en 2026. Estos datos evidencian que no existen barreras de ingreso al mercado para las RER, las cuales pueden competir con otras tecnologías.

Debemos promover la generación RER y su incremento en nuestra matriz energética. No obstante, su desarrollo debe ser equilibrado y responder a un análisis técnico que minimice los riesgos para el sistema, generando principalmente un impacto positivo en los usuarios. Las políticas públicas deben ser analizadas con detenimiento, evaluando sus efectos reales y asegurando que se orienten al bienestar de los peruanos.

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