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Jueza provisional Rocío del Pilar Rabines Briceño del 6to. Juzgado de Lima, blinda a IDL para eximirla de la ley que establece dar cuenta de los recursos de la cooperación internacional

Rocío del Pilar Rabines Briceño
Jueza Provisional enmienda la plana a ley del Congreso.

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La Jueza provisional Rocío del Pilar Rabines Briceño del Sexto Juzgado Constitucional de Lima, decidió blindar a IDL para eximirla de la ley que establece dar cuenta de los recursos de la cooperación internacional al declarar fundada en parte la demanda de acción de amparo que presentó el Instituto Legal de Defensa (IDL) contra el Congreso, la Agenda de Cooperación Internacional (APCI) y el Ejecutivo por la aplicación de Ley 32301 que señala que las Organizaciones no Gubernamentales (ONGs) deben ser pasibles de fiscalización.

También establece sanciones de hasta 500 UIT a las ONG que se manejan opacidad y por utilizar recursos del exterior para litigar contra el estado peruano y beneficiarse con las reparaciones. sí como participar en el debate político sin haberse constituido como partido político,

Este amparo es otra demostración del poder que demuestra el IDL sobre el Poder Judicial (PJ) y el Ministerio Público, es por ello que, a diferencia de otros ciudadanos, la fiscalía no se atreve a investigar a Gustavo Gorriti director de IDL Reporteros por las graves acusaciones de manipulación de las investigaciones fiscales señaladas y detalladas por su examigo, el filósofo Jaime Villanueva, asesor los dos Fiscales de la Nación.

Como se sabe, primero la Comisión Andina de Juristas (CAJ) dirigida por Diego García Sayán y luego IDL (desde el gobierno de Alejandro Toledo), se incorporaron de a pocos en el PJ y la Fiscalía con el prurito de dictar conferencias y cursillos sobre Derechos Humanos (hasta en las Fuerzas Armadas cuando el general Roberto Chiabra fue Ministro de Defensa). Es así que se gestó la asociación de Magistrados, (JUSDEM) cuyos directivos fueron Sergio Salas, Antonia Saquicuray y hasta la actual presidenta del PJ, Janet Tello, y por cierto, el 99% de los jueces provisionales que quieren seguir disfrutando de las mieles del presupuesto del PJ.

De acuerdo con la resolución de la jueza Rabines Briceño, declaró inaplicables los artículos 4.u, 21.b.4 y 21.c.2 de la mencionada ley. Con esta decisión, IDL podrá aplicar los recursos de Open Society de George Soros a su liber albedrío y no debería ser supervisado por la APCI para ejecutar sus de seguir politizando al sistema judicial.

 Decisión del Sexto Juzgado Constitucional

Por si fuera poco, también se estableció como infracción grave que los patrocinios contra el estado peruano, con recursos de Soros y otros, y se estableció una multa de hasta 500 UIT.

Según la jueza provisional Rabines, la Ley APCI amenaza el derecho a la libertad de asociación, constituye una injerencia en la autonomía de la voluntad de las ONG y promueve una censura previa, toda vez que deba informar a la APCI sobre los proyectos a realizarse. Es decir, el Congreso en el futuro deberá pedir permiso a los magistrados de la JUSDEM para legislar

La jueza Rabines señala que la sola emisión de la ley genera un impacto en los derechos fundamentales invocados por IDL. Sobre los artículos 4.u y 21.b.4, el ente judicial indicó que toda autorización previa que condice el desarrollo de actividades de las ONG «vulnera el derecho de asociación, aun cuando en apariencia no impida su constitución». En otras palabras, a diferencia de Shakira, IDL no factura, sino solo lloran y cooperan.

Al respecto, la jueza Rabines objeta la promulgación del ejecutivo: que «no puede tomarse como una simple rúbrica o acto de formalidad» cuando la misma Constitución establece la facultad a la presidenta de presentar observaciones a una ley: «Debe declararse infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar pasiva de la parte demandada Poder Ejecutivo», se lee en la resolución. De Ripley.