La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) del Indecopi, inició una investigación por presuntas prácticas de dumping en las importaciones de neumáticos convencionales y radiales para automóviles, originarios de la República Popular China.
El dumping es una práctica comercial desleal en la que una empresa vende un producto en otro país a un precio inferior al de su mercado local, con el fin de ganar cuota de mercado o eliminar a la competencia. Esto puede perjudicar a los fabricantes locales y distorsionar la competencia en el mercado.
La investigación responde a la solicitud presentada por la empresa productora nacional Compañía Goodyear del Perú S.A., habiéndose analizado el periodo comprendido entre setiembre de 2024 y agosto de 2025, para la determinación de la existencia de indicios de la presunta práctica de dumping y el periodo comprendido entre enero de 2022 y agosto de 2025 para la determinación de la existencia de indicios del posible daño a la industria, de conformidad con lo establecido por la Organización Mundial de Comercio (OMC). De acuerdo con el análisis efectuado, la citada empresa habría experimentado un deterioro en sus principales indicadores económicos y financieros, con caídas en la producción, las ventas internas y la participación de mercado.
Indecopi encontró indicios razonables de la existencia de una presunta práctica de dumping en las importaciones de llantas convencionales y radiales para automóviles, al haberse calculado un margen de dumping inicial de 21.8%, el cual supera el límite mínimo establecido en el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio (OMC). El cálculo fue una comparación en base al precio de una llanta en el mercado interno chino y el precio de exportación a Perú de la misma llanta.
En ese sentido, a través de este procedimiento, la Comisión determinará si efectivamente existe dumping, si este ha generado daño a la industria peruana y si hay una relación de causalidad entre ambos factores. De confirmarse estas condiciones, se podrían imponer derechos antidumping (sobretasas) a estas importaciones para corregir las distorsiones en el mercado y garantizar una competencia leal.



