En agosto del 2016, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs (SBS) aprobó la norma para definir quienes son las personas expuestas políticamente (PEP) y determinar el plazo durante el cual serán PEP, para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Las PEP son personas nacionales o extranjeras, que en los últimos cinco años hayan cumplido funciones públicas destacadas, sea en el territorio nacional o extranjero, y cuyas circunstancias financieras puedan ser objeto de un interés público. La SBS ha reducido este plazo de cinco a dos años mediante la Resolución SBS N° 02868-2025 (16/8/25).
En la lista de la SBS para ser PEP están las personas que son o han sido jefe de estado, primer ministro, gobernadores regionales, alcaldes, congresistas, presidente del Poder Judicial, presidente de la Corte Suprema de Justicia; jueces supremos, jueces superiores, jueces especializados o mixtos, embajadores, entre otros. Esta lista también fue modificada por la SBS, habiendo eliminado a cónsules y ministros plenipotenciarios, se ha reformado algunos párrafos, entre otros.