Ganó banda 4G
en el 2013, la vendió en el 2014 y ahora nuevamente participará en otra
licitación 4G
No sabemos que sucede con Telefónica del Perú, que hace dos años
participó y ganó la licitación de una banda 4G, el año pasado acordó venderle
esa banda a Claro y hoy participará nuevamente en otra licitación de banda 4G.
Nos preguntamos ¿por qué quiere participar en otra licitación de banda 4G si la
que ya tiene la está vendiendo a Claro?
El diario Gestión reprodujo declaraciones de Eduardo Caride, CEO de
Telefónica Hispanoamérica, quien señaló en el Mobile World Congress 2015 en
Barcelona que Telefónica participará en la licitación de la banda de 700
megahertz (MHz).
En efecto, ProInversión tiene en su cartera de proyectos la licitación de
la banda 700 (698-806 MHz) que sirve para brindar la tecnología 4G, pero
Telefónica del Perú (Movistar) ya participó en la licitación de una banda
similar hace dos años: el bloque A de las bandas 1725-1730 MHz y 2125-2130 MHz
(20 + 20 MHz), la cual se adjudicó la buena pro hace dos años
(22/07/13).
Telefónica no sólo obtiene utilidad de estas bandas porque ofrece 4G a
sus clientes, sino porque ofreció venderle a Claro un fragmento de esta banda:
10 MHz (5 + 5 MHz en cada banda), para que esta empresa también ofrezca 4G.
Una comunicación enviada por Telefónica del Perú a la Superintendencia
del Mercado de Valores (SMV) hace cuatro meses (14/10/14) reveló que este
acuerdo es por US$38.1 millones y que está a la espera de la aprobación
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Una fuente del MTC nos explicó que la aprobación pasa por un
procedimiento, que se inició el 6 de noviembre del año pasado con la
solicitud de una opinión al Organismo Supervisor de las
Inversiones Privadas en Telecomunicaciones (Osiptel). Especialistas del sector
consultados nos revelaron que la transferencia podría ser desaprobada
porque el Reglamento de la Ley Marco de Asociaciones Público Privadas (D.S. N°
127-2014-EF) señala que "durante los primeros tres años las entidades no podrán
suscribir adendas a los contratos" (artículo 15.2), es decir, no se puede
realizar ninguna transferencia en los primeros tres años, además que si se
permitiera esta transferencia, restaría la comptencia en las futuras
concesiones.