El Gobierno debe devolver 30 sueldos por FONAVI a cada trabajador y no S/. 1,870, por Rafael Hidalgo
El Tribunal Constitucional dio un puñal por la
espalda a los Fonavistas en el 2012
Desde El
Faro
Por Rafael Hidalgo
Pérez
El último fin de semana, empezó la devolución a
los trabajadores mayores de 65 años y discapacitados de los aportes al Fondo
Nacional de Vivienda (FONAVI), que fue creado durante el gobierno militar de
Francisco Morales Bermúdez (Decreto Ley 22591 del 30/06/1979), con la intención
de emular el fondo de México, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores (INFONAVIT), creadopor el
expresidente Luis Echeverría Álvarez (1972), que actualmente posee US$58,150
millones (815 mil millones de pesos mexicanos)
Sin embargo, la experiencia peruana fue
calamitosa. Se construyeron complejos habitacionales en el segundo gobierno de
Fernando Belaúnde (1980-1985) y con menos dinamismo, en el primer gobierno de
Alan García (1985-1990) , sobre todo por la hiperinflación 1988-1990, que licuó
parte de estos recursos.
No obstante, luego del golpe del 5 de abril de
1992, empezó el zafarrancho, en el gobierno de Alberto Fujimori cuando utilizó
estos fondos ya no sólo para vivienda o para el Banco de Materiales, donde los
beneficiados tenían la obligación de devolver el capital, sino que se dirigió
la inversión a las obras de saneamiento y electrificación en asentamientos
humanos, construcción, ampliación y refacción de centros comunales y
recreativos, tratamiento de vías locales e interdistritales, entre otros. En
estos casos, la devolución de los créditos otorgados con recursos del FONAVI se
trasladó a las empresas: SEDAPAL, Luz del Sur, Edelnor, Hidrandina, etc.,
quienes tuvieron discrepancias con los montos a devolver porque estas obras, en
la mayoría de los casos, se habrían realizado a precios
sobrevaluados.
Ante el reclamo de la oposición por la
malversación de los recursos del FONAVI, el gobierno se vio en la obligación de
eliminarlo y sustituirlo por un nuevo impuesto (Impuesto Extraordinario de la
Solidaridad-IES, 27/08/1998).
Durante el gobierno de Alejandro Toledo
(2001-2006), los remanentes de los aportes del FONAVI sirvieron para lanzar el
Fondo Mi Vivienda (Ley 27677 del 02/03/2002) y el programa Techo
Propio.
LA HISTORIA DE LOS APORTES AL FONAVI POR PARTE DE
LOS TRABAJADORES Y LAS EMPRESAS QUE LOS
CONTRATABAN
El primer aporte mensual al FONAVI fue de 5% (1%
por el trabajador y 4% por el empleador) y las tasas fueron variando a lo largo
de los 19 años de su existencia: 4.5% (0.5% por el trabajor y 4% por el
empleador) entre julio de 1980 y octubre de 1988, 6% (1% por el trabajador
y 5% por el empleador) entre noviembre de 1988 y febrero de 1992, 9% (1%
por el trabajador y 8% por el empleador) entre marzo y diciembre de 1992, 17%
(9% trabajador y 8% empleador) entre enero y octubre de 1993, 9% (3% trabajador
y 6% empleador) entre noviembre de 1993 y julio de 1995, nuevamente 9% (0%
trabajador y 9% empleador) entre agosto de 1995 y diciembre de 1996, luego
7% (0% trabajador y 7% empleador) entre enero y julio de 1997 y
finalmente, 5% (0% trabajador y 5% empleador) entre agosto de 1997 y agosto de
1998.
En un simple cálculo aritmético, si asumimos para
ejercicio académico, que el sueldo permanezca constante a los largo de los 19
años y un mes, los aportes de los trabajadores nominalmente, sin intereses,
deberían ascender a 17.05 sueldos (ver Tabla 1).
Si a este resultado se le incorpora la tasa de
interés legal efectiva para calcular deudas dispuesta por la Superintendencia
de Banca, Seguros y AFPs (SBS) de 2.2% anual, que es una tasa ínfima,
tendríamos que el aporte acumulado por cada trabajador, ascendería a casi 30
sueldos (29.25).
Si bien algunos voceros del Ministerio de
Economía y Finanzas (MEF) arguyen que la hiperinflación de 1988-1990 licuó los
fondos acumulados en el FONAVI, esto de ninguna manera debería abarcar los
aportes desde agosto de 1990 hasta agosto de 1998, que equivalen a 13
sueldos.
EL TIJERAZO DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
La Asociación Nacional de Fonavistas de los
Pueblos del Perú (ANFPP) obtuvo que el Tribunal Constitucional (TC) fallara a
su favor en una demanda contra el Jurado Nacional de Elecciones
(JNE)y les
permitiera realizarun referéndum
(03/10/2010).
Debido a este mandato popular, se promulgó la Ley
N° 29625 (07/12/10), que dispuso la devolución de sus aportes a los
trabajadores. Sin embargo, el TC le propinó un serio recorte a los Fonavistas,
eliminando de esta devolución el aporte que habían realizado los empleadores en
nombre de sus trabajadores (Exp. 0007-2012-PI/TC del 26/10/12). Este vergonzoso
fallo fue firmado por los magistrados Alvarez Miranda, Urviola Hani, Vergara
Gotelli, Gerardo Eto Cruz y Beaumont Callirgos. De esta manera, se redujo la
obligación del MEF de 30 sueldos a sólo cinco sueldos (incluido los
intereses).
En el caso más extremo, si un trabajador solo
hubiera recibido el sueldo mínimo vital durante el período de vigencia del
FONAVI, debería por lo menos recibir por lo menos S/. 22,500. Así de sencillas
son las matemáticas. Incluso, con el tijeretazo del fallo del TC, esta
devolución debería ser del orden, en el menor de los casos, de S/.
3,750.