Electores que deban viajar a votar tendrán cuatro días de asueto
Foto: ANDINA/Marco del
Río
Los ciudadanos que se desempeñen como
miembros de mesa en las elecciones regionales y municipales del 5 de octubre
gozarán de un día de descanso compensable al día siguiente, el 6 de octubre,
según dispone un Decreto Supremo del Ministerio de Trabajo.
En tanto, aquellos trabajadores de los sectores
público y privado que sufraguen en zonas geográficas distintas a su lugar de
trabajo tendrán cuatro días no laborables compensables (viernes 3, sábado 4,
domingo 5 y lunes 6 de octubre), siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto.
En ambos casos -miembros de mesa y votantes que
deban viajar- se trata de días no laborables de naturaleza compensable y la
forma en que se hará efectiva dicha compensación se decidirá mediante acuerdo
entre el trabajador y el empleador, precisa el Decreto
Supremo 009-2014-TR publicado hoy en el diario oficial El
Peruano.
Tolerancia
para ingresar al trabajo
Además, la norma
establece que las personas que trabajen para el sector público o privado cuyas
jornadas de trabajo coincidan con el día de votación tendrán derecho a periodos
de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su
derecho a voto.
Igualmente,
las personas que actúen como miembros de mesa y cuyas jornadas de trabajo
coincidan con dicha fecha, están facultados para no asistir a su centro de
labores.
En los
considerandos se explica que la norma se emite teniendo en consideración la
labor que realizan los miembros de mesa en un día dedicado al descanso, así como
para dar facilidades de desplazamiento a los trabajadores a fin de que
ejerzan su derecho al sufragio.
Se detalla
además que el día de las elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales
(Onpe) otorgará a cada
miembro de mesa
un Certificado de Participación por haber cumplido con su deber cívico, el cual
deberá ser presentado a su empleador al momento de reintegrarse a sus labores
para gozar de las facilidades señaladas.