U. San Martín debe adecuarse a la nueva Ley Universitaria
García tiene 78 días hábiles para obtener grado de doctor,
si quiere seguir dirigiendo instituto de gobernabilidad, dice Daniel
Mora.
El reciente comunicado emitido por la oficina de Relaciones
Públicas de la Universidad San Martín de Porres (USMP) respecto al cargo que el
expresidente Alan García ocupa en el Instituto de Gobierno y Gestión Pública
(IGGP), carece de sustento legal según el presidente de la Comisión de Educación
del Congreso, Daniel Mora.
El legislador declaró que, según la nueva Ley Universitaria,
los directores de institutos universitarios en donde se ofrezcan estudios
doctorales deben contar con este grado académico e indicó, además, que si en
caso algunas universidades tengan estatutos que lo permitan éstas deberán
adecuarlos a la nueva normativa educativa del país.
“Si da carreras de doctorado y él (García) no tiene un
doctorado acreditado, evidentemente no puede ser director de esa escuela o
instituto. Salvo que el estatuto anterior (de la universidad) lo contemple. Pero
en la nueva ley no se contemplan esas excepciones”, dijo Mora en alusión al
cargo que García tiene en el IGGP.
GRADO OBLIGATORIO Según el comunicado
emitido por la USMP García no estaría infringiendo la ley y podría continuar
dirigiendo el IGGP sin tener el grado de doctor. Sin embargo, la nueva
legislación universitaria estipula que el estatus de doctor es indispensable
para seguir en el cargo.
El artículo 82º de la Ley Universitaria establece que para
ejercer la docencia universitaria, como docente ordinario y contratado es
obligatorio poseer “el grado de doctor para la formación a nivel de
doctorado”.
DOCTORES DEL IGGP El comunicado emitido por
la USMP sugiere que García no necesita tener el grado de doctor para dirigir el
IGGP, pero, además da a entender que este instituto no ofrece estudios de
doctorado lo cual no es cierto, según la propia información de esta casa de
estudios, y según la página web del instituto en mención.
Según la memoria anual de la USMP correspondiente al año 2012,
el IGGP ofrece a sus alumnos los estudios de magister y doctorado. “En la
actualidad se ofrecen los programas de Doctorado en Gobierno y Políticas
Públicas y la Maestría en Gobierno y Gestión Pública”, informa.
Asimismo la página web del IGGP indica lo siguiente: “El
Instituto de Gobierno y de Gestión Pública, presenta el Doctorado en Gobierno y
Política Pública, el cual tiene por objetivo formar profesionales de alto nivel
académico”.
ADECUACIÓN Según la nueva ley, los
institutos universitarios que ofrecen doctorados deben tener directores que
posean el grado de doctor y tendrán un plazo de 90 días para que sus
universidades adecuen sus estatutos a la nueva ley.
Debido a que la ley fue promulgada el 9 de julio y existen 90
días para que las universidades adecuen sus estatutos a la nueva normativa, al
expresidente le quedarían 78 días hábiles para obtener el grado en mención, es
decir tendría plazo hasta el 14 de noviembre.
Teniendo en cuenta lo declarado por el legislador Mora, García
debería dejar el cargo en esa fecha o elaborar una tesis y obtener el grado de
doctor para seguir dirigiendo el IGGP.
FERNANDO TUESTA: Quisieron ayudarlo con
magister ◘ El analista político y doctor en Sociología por la Universidad
Católica del Perú (PUCP), Fernando Tuesta Soldevilla, sostuvo que el comunicado
de la USMP pone en videncia que tiene normas flexibles para el otorgamiento de
doctorados en el IGGP.
“El comunicado de la USMP lo que está diciendo es que sus
normas son más laxas y permiten que un instituto ofrezca un programa de
doctorado dirigido por uno que carece de grado respectivo. De la misma manera,
el grado de magister (2004) casi en el mismo momento de la creación del
Instituto de Gobierno parece más una ayuda para asumir el cargo que un efectivo
estudio para obtener un grado”, escribió Tuesta en su cuenta de facebook.
ARTÍCULO Nº 82 ◘ Para el ejercicio de la
docencia universitaria, como docente ordinario y contratado es obligatorio
poseer: 82.1. El grado de maestro para la formación en el nivel de pregrado,
82.2. El grado de maestro o doctor para maestrías y programas de
especialización, 82.3. El grado de doctor para la formación a nivel de
doctorado.
ADECUACIÓN ◘ El proceso de adecuación de
los estatutos de la universidad privada a la nueva ley es la siguiente: “En las
universidades privadas, asociativas y societarias, el proceso de adecuación a la
presente ley, en lo que resulte aplicable, será regulado por el órgano máximo de
la persona jurídica en un plazo máximo de 90 días calendario”.