Decreto de Urgencia cautela a socios de Odebrecht en lugar del estado peruano, por César Gutiérrez
Con mucho brío, el pasado domingo en horario estelar y en
cadena nacional, un circunspecto y enfático Pedro Pablo Kuczynski (PPK),
anunció unas supuestas medidas anti corrupción y protectoras de los
derechos del estado peruano, que garantizarían el cobro de futuras reparaciones
civiles que impongan las autoridades judiciales en los procesos sobre corrupción
que se están llevando en el contexto del caso Lava Jato.
DECRETO DE URGENCIA QUE SUPUESTAMENTE CAUTELA DERECHOS
ESTATALES El lunes de esta semana fue publicado en el diario oficial
El Peruano, el Decreto de Urgencia 003-2017 (DU), según el cual se establecen
las pautas para ejercer lo que llaman la cautela del estado, pero que más parece
la cautela de las empresas peruanas que han sido y son socias de las brasileñas
que hoy son materia de cuestionamiento internacional. Se han generado lecturas
diversas del dispositivo, con intervención incluida de la locuaz Ministra de
Justicia y Derechos Humanos, Marisol Pérez Tello, que confirma que las empresas
locales pueden seguir operando sin restricciones, ella refiere a la conocida
Graña y Montero (GyM).
Según el DU los comprendidos en sus alcances; para vender
activos u acciones, deberán tener autorización del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos (MINJUS) y de efectivizarse la venta, la recaudación ingresará
a un fideicomiso hasta que se determine la suerte final en el juzgamiento al que
están sometidos. Igual suerte corren los excedentes de los costos de operación y
mantenimiento de las empresas concesionarias que tienen operaciones en marcha.
NORMA FAVORECE A SOCIOS LOCALES DE
ODEBRECHT Veo dos focos de conflicto: la aplicación del DU a las que
se llaman empresas vinculadas y la estimación por la Procuraduría, que es parte
del MINJUS, de las reparaciones civiles.
La norma emitida denomina empresa vinculada, a aquella que
tiene una participación accionarial mayor del 10% en un consorcio con la empresa
o funcionarios de ella que hayan sido sentenciados por corrupción o cuyos
representantes hayan admitido actos dolosos. Una observación inicial, la
participación porcentual en un consorcio no exonera responsabilidades cuando de
cometer delito se trata, pues los consorciados tienen el derecho a revisión de
cuentas del conjunto, siendo un imposible que si el accionista mayoritario paga
una prebenda, sea éste el que asuma el costo de ella al 100%, pues sería
perjudicial para sus intereses y además tendría que escamotear el hecho
contablemente, sin que los auditores lo perciban. ¿Alguien en su sano juicio
puede creer que Odebrecht asuma en solitario 20 millones de dólares
(MMUS$) para hacerle depósitos al señor Josef Maiman?
LOS SOCIOS DE LAS IIRSA SUR Y
NORTE
Con la tesis descabellada que la participación porcentual
menor al 10% en el consorcio exonera de responsabilidades mientras dure el
proceso, aún si está en calidad de procesado o acusado; es pertinente saber
tanto en el caso de la Interoceánica Sur (IIRSA Sur) tramos 2 y 3 y en la
Interoceánica Norte (IIRSA Norte); como estaban conformados los consorcios.
En la IIRSA Tramos 2 y 3; el consorcio que participó en el
concurso, ganó la buena pro y firmó contrato estuvo conformado
por: Odebrecht: 70% Graña y Montero (GyM): 18% JJC: 7% ICCGSA:
5% De plano estarían exonerados JJC e ICCGSA, mientras que GyM en la última
Memoria Anual que corresponde al año 2015, ya no aparece como integrante del
consorcio. Es decir GyM que ha estado presente en todo el proceso y ahora ya no
es parte quedaría completamente fuera del ámbito del DU; salvo que la
Ministra, Pérez Tello corrija sus afirmaciones recientes.
En IIRSA Norte el consorcio estuvo conformado
por: Odebrecht: 49.8% Andrade Gutiérrez: 40.0% GyM: 10.2% En este
caso GyM ya tampoco aparece en su Memoria Anual 2015 como accionista.
NORMA ES INOCUA PARA SOCIOS DEL GASODUCTO SUR
PERUANO Los acuciosos dirán que en el caso del Gasoducto Sur
Peruano (GSP), GyM y Enagas si estarían afectos al DU 003-2017, pues cuentan con
participaciones del 20% y 25% respectivamente. Efectivamente, sí les
correspondería la aplicación de la norma referida, pero hay que tener en cuenta
que lo que se recaude de la venta de los activos, que en el extremo sería el
72.25% del valor contable neto, según contrato; se iría a pagar deuda. Según un
Hecho de Importancia reportado por GyM a la Bolsa de Valores de Lima, en el caso
de venta descrito, según su proyección recaudarían el 95% de los pasivos que
ellos tienen en el proyecto. Como la norma señala que la recaudación se iría a
un fideicomiso, los acreedores se harían del monto. En este orden de ideas, el
dispositivo no les afecta en absoluto en este caso.
Pero hay un tema más grave para el estado peruano, GyM ya ha
puesto en venta sus activos donde espera recaudar 300 MMUS$, lo cual es una
información pública. Si lo logra, no tiene ningún impedimento para retirar los
fondos del país y en la eventualidad de una sanción derivada del caso penal por
las Interoceánicas, el estado ya no tendrá de donde cobrarse la reparación
civil.
EL CASO CHAVIMOCHIC Un caso donde GyM si
estaría afecto sería en la Concesionaria Chavimochic SA, donde el consorcio
tiene una participación de 73.5% de Odebrecht y 26.5% de GyM. Como reza el dicho
“del lobo un pelo”.
Una reflexión final amerita la determinación de los estimados
de reparación civil por parte de la Procuraduría. La experiencia indica que sus
pedidos son irracionalmente estratosféricos, el cielo es el límite. No tienen
los elementos de juicio para determinarlos y si contratan una asesoría externa
les puede decir cualquier cosa.
CONGRESO TIENE EL DEBER DE ENMEDAR EL
DU-037-2017
Propongo que el Congreso reforme el DU-037-2017, en dos
aspectos: primero, que los afectos sean todos los socios independiente de su
participación porcentual e incluyendo a aquellos que participaron hasta el
término del gobierno de Alejandro Toledo; segundo, que la estimación de
reparaciones civiles esté a cargo de una comisión multisectorial cuyos miembros
sean los titulares de las carteras de: Economía y Finanzas, Energía y Minas,
Transportes y Comunicaciones y Justicia y Derechos Humanos. El fujimorismo con
su mayoría parlamentaria tiene la palabra.