Solo tenemos un presidente de la República - Por Juan Carlos Valdivia - EL MONTONERO
Columna
Solo tenemos un presidente de la
República
20 de Septiempre del 2016
Incluso
cuando está de viaje, el presidente ejerce sus funciones
El
viaje del presidente de la República en visitas oficiales a la República de
China y a las Naciones Unidas nos permite llamar la atención sobre las funciones
que deben cumplir los vicepresidentes. Este viaje ha permitido hacerse cargo del
despacho presidencial primero a la segunda vicepresidente y luego al primer
vicepresidente.
El
cargo de vicepresidente es una posición expectaticia. Solo tiene sentido en caso
de vacancia o muerte del presidente de la República. En el caso actual, el
presidente Kuczynski ha nombrado a su primer vicepresidente como ministro de
Estado, dándole funciones ejecutivas. La segunda vicepresidenta, como se sabe,
es congresista electa por Lima. Es decir, ambos vicepresidentes tienen
obligaciones específicas además de la expectaticia.
En
el gobierno anterior ambos vicepresidentes eran congresistas y fueron poco
tomados en cuenta. Incluso la señora Marisol Espinoza, estando a cargo del
despacho presidencial, se daba maña para presidir la Comisión de Presupuesto o
asistir a votaciones en el pleno, poniendo en cuestión la separación de poderes.
La señora Aráoz se abstuvo de presidir la Comisión de Economía mientras estuvo a
cargo del despacho presidencial
El
segundo párrafo del artículo 115 de la Constitución Política del Estado,
repitiendo la fórmula que ya contenía la Constitución de 1979, establece que
“Cuando el presidente de la República sale del territorio nacional, el primer
vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el segundo
vicepresidente”. Cuando viaja el presidente, no deja de ejercer la jefatura del
Estado, pero no sucede que cuando se ausente del país oficialmente tengamos dos
presidentes (uno de viaje y otro despachando en Palacio). Las atribuciones
contenidas en el artículo 118° al cargo del presidente de la República las
mantiene consigo mientras el presidente viaja.
¿Puede
un vicepresidente presidir las sesiones del Consejo de Ministros? Es una
facultad que la Constitución reserva al presidente de la República. De acuerdo
al artículo 121°: “Corresponde al presidente de la República presidir el Consejo
de Ministros cuando lo convoca o cuando asiste a sus sesiones”. Es claro que lo
preside cuando asiste. Si no asiste, no lo preside. Si está de viaje no lo
preside. El vicepresidente a cargo del despacho presidencial no puede presidir
los consejos de ministros, porque no es el presidente de la República. La Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo en su artículo 10° es más clara al establecer
además que los vicepresidentes: “Pueden participar en las sesiones y debates del
Consejo de Ministros con voz pero sin voto”. Los vicepresidentes pueden
participar, pero no presidir.
Cuando
la Constitución dice “hacerse cargo del despacho presidencial”, se refiere
esencialmente a la parte administrativa, lo que permite que asuntos de mero
trámite no se detengan ante la ausencia del jefe de Estado. Puede de manera
excepcional hacerse cargo de lo protocolar, en representación del presidente de
la República. ¿Puede un vicepresidente actuar como portavoz del gobierno
mientras esté a cargo del despacho? Según la Constitución, art 123°, corresponde
al presidente del Consejo de Ministros: “Ser, después del presidente de la
República, el portavoz autorizado del gobierno”.
Durante
su presente viaje, el presidente Kuczynski ha mantenido permanente comunicación
con la prensa nacional, dando entrevistas casi a diario, e incluso grabando
declaraciones que ha colgado en sus redes sociales oficiales en Internet. Ha
declarado sobre asuntos de su viaje y sobre temas que venían sucediendo en el
país; tanto así que ha podido desautorizar a su vicepresidenta en su pretensión
de regular la programación de los medios de comunicación. Y el presidente del
Consejo de Ministros ha tenido una permanente actuación pública a raíz de su
pedido de facultades ante el Congreso.
En
un mundo tan interconectado como el de hoy, la figura de un vicepresidente a
cargo del despacho de asuntos administrativos parece innecesaria. Hoy con los
celulares e Internet, la conexión de un presidente mientras está de viaje es
permanente. Se le puede contactar tanto en el avión como en el último rincón del
mundo. Un vicepresidente guiado por la vanidad puede pretender aparecer como
quien ejerce la presidencia, en una ausencia de prudencia republicana y de
respeto al mandato popular. Frente a estas situaciones, y ante los avances
tecnológicos, el Congreso debiera pensar en reglamentar la función de los
vicepresidentes. Pero basados en un principio que debe estar claramente
definido: solo tenemos un presidente.